ESCUDOS PARA EL CONSUMIDOR ONLINE

Escudos para el consumidor online

El proyecto de ley para la defensa de los consumidores y usuarios avanza con pasos firmes. El Consejo de Ministros la aprobó el pasado viernes para su envío al Parlamento. La ley se centra sobre todo en las transacciones a distancia y online. El Gobierno ya tramitó el anteproyecto el pasado 19 de abril.

La venta online está en alza. En los primeros meses de este año el comercio electrónico alcanzó 2.822,6 millones de euros en ventas. La disponibilidad de 24 horas al día y el no desplazarse hasta el establecimiento físico supone atractivos muy fuertes para los consumidores. A estos dos factores se les añade que evitas la posibilidad de que el producto esté agotado en la tienda y no tengan tu talla. Con la tienda online todo el catálogo está a tu disposición donde y cuando quieras.

Sin embargo, es un sector relativamente nuevo por lo que con esta ley se pretende cubrir los problemas que pudieran producirse y proteger al consumidor. La ley determina que el precio final por el que tendrá que pagar el consumidor deberá estar en todo momento presente desde el principio. Se intenta evitar que aparezca un valor y que luego al final del proceso, a la hora de introducir el número de cuenta, aparezca otro. Además amplía el plazo a 14 días naturales para poder retractarse del contrato.

Lo que se intenta eliminar es la falta de información, su ausencia será penalizada. Por ejemplo: queda ampliado a 12 meses el plazo para revocar un contrato de venta o contratación si no se hubiera informado previamente al consumidor. Es decir, debe comunicar el plazo determinado de días hábiles durante los cuales podía reclamar, devolver o anular la compra-venta.

Sobre los contratos telefónicos resolvieron que el consumidor y usuario quedará únicamente vinculado cuando haya firmado la oferta o enviado su acuerdo ya sea por escrito en papel, por correo electrónico, fax o SMS.

Una de las medidas más importantes que se implantará con la nueva ley para la defensa del consumidor será que todo aquel empresario que quiera habilitar una línea telefónica para la atención al cliente deberá tener en cuenta que esta no podrá tener un coste superior al de la tarifa básica.

Junto a la información para la adquisición de servicios deberá aparecer un formulario de desistimiento común en Europa. Con él se pretende facilitar la anulación de un servicio, anulación a la que todos tenemos derecho.

Artículo Anterior

RECTIFICANDO LA DECLARACIÓN DEL IVA

Artículo Siguiente

LA ESTRATEGIA DEL OCÉANO AZUL

Sin comentarios

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *